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En España, el seguro de responsabilidad civil de caza es obligatorio para obtener la licencia y poder ejercer la actividad cinegética. Comparar seguros de caza te permite evaluar coberturas como la responsabilidad civil frente a terceros por daños con el arma o por la pieza cobrada, el accidente personal del cazador en el campo y la cobertura para los perros de caza, adaptadas a la modalidad practicada. En SegurosGenerales.es puedes comparar seguro de caza entre las principales compañías del mercado español de forma gratuita y sin ningún compromiso. Indica la modalidad —caza menor, mayor o ambas— y el ámbito de práctica para obtener la comparativa más ajustada a tu licencia.
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Seguro de caza: RC obligatoria y protección para el cazador
La caza es una de las actividades de ocio más arraigadas en España, especialmente en las comunidades del interior. Pero manejar armas de fuego en el campo implica un riesgo real que la ley española reconoce expresamente: un disparo involuntario, un accidente durante la batida o un incidente con perros de caza puede causar daños graves a personas. Por eso, el seguro de responsabilidad civil del cazador no es opcional: es de suscripción obligatoria, y sin él no es posible obtener ni mantener la licencia de caza en ninguna comunidad autónoma.
Sin embargo, el seguro mínimo obligatorio solo cubre la responsabilidad civil por daños corporales a terceros, con un límite legal de 90.151,82 euros por víctima. Ese importe puede resultar insuficiente ante un accidente grave, y no cubre los daños materiales, los daños sufridos por el propio cazador, el robo del arma, los daños a animales abatidos que escapan y causan accidentes en carretera ni la defensa jurídica ante reclamaciones. Por eso, la mayoría de los cazadores habituales optan por pólizas más completas que amplían estas coberturas de forma muy asequible.
En Grupo Seguros Generales te ayudamos a comparar seguros de caza de las principales aseguradoras del mercado español, a entender qué cubre el seguro obligatorio y qué coberturas adicionales conviene contratar según tu tipo de caza y tu perfil como cazador.
El seguro de caza obligatorio en España: base legal
La obligatoriedad del seguro de caza en España está establecida por dos normas fundamentales:
- La Ley de Caza 1/1970, que en su artículo 52 establece que todo cazador con armas deberá concertar un contrato de seguro que cubra la obligación de indemnizar los daños a las personas ocasionados durante el ejercicio de la caza.
- El Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador de suscripción obligatoria, que desarrolla las características, coberturas y límites del seguro obligatorio.
La consecuencia práctica es clara: no se puede obtener la licencia de caza sin acreditar la contratación de este seguro, y tampoco se puede practicar el ejercicio de la caza sin tenerlo vigente. El seguro debe llevarse encima durante la actividad, junto con la licencia de caza, el DNI, el permiso de armas, la guía de pertenencia del arma y la documentación de los perros.
Las comunidades autónomas tienen competencias propias en materia de caza y pueden establecer requisitos adicionales al seguro obligatorio estatal. Por ejemplo, en la Región de Murcia es obligatoria también la cobertura de accidentes personales del cazador. En otras comunidades autónomas puede haber requisitos específicos que conviene verificar antes de contratar.
¿Qué cubre el seguro obligatorio de caza y cuáles son sus límites?
El seguro obligatorio de caza cubre exclusivamente la responsabilidad civil por daños corporales causados a terceras personas durante el ejercicio de la caza con armas. El límite legal establecido por el RD 63/1994 es de 90.151,82 euros por víctima.
Dentro de esta cobertura obligatoria se incluyen:
- Los daños personales causados por un disparo involuntario del arma del cazador asegurado.
- Los daños personales causados durante el tiempo de descanso dentro del terreno de caza mientras se practica la actividad.
- Los daños causados por los perros de caza del asegurado, con cobertura para hasta dos perros de forma estándar.
- En caso de que no pueda identificarse al autor de los daños en una partida de caza, responden solidariamente los seguros de todos los miembros de la cuadrilla que estuvieran en el lugar en el momento del siniestro.
Lo que NO cubre el seguro obligatorio mínimo:
- Los daños materiales causados a terceros.
- Los daños sufridos por el propio cazador (accidentes personales propios).
- El robo o pérdida del arma.
- Los daños causados por más de dos perros sin cobertura adicional.
- Los daños causados por animales abatidos que escapan y causan accidentes en carretera.
- Los gastos de defensa jurídica ante reclamaciones.
Estas limitaciones del seguro mínimo explican por qué la mayoría de cazadores contratan pólizas más completas. El coste adicional es habitualmente muy reducido y la protección real es notablemente mayor.
Por qué el límite de 90.151,82 euros puede ser insuficiente
El límite del seguro obligatorio fue fijado hace décadas y, aunque ha sido actualizado, puede resultar insuficiente ante un accidente grave con consecuencias de gran entidad. Un disparo accidental que provoque lesiones permanentes a una persona —pérdida de visión, invalidez parcial o total, secuelas neurológicas— puede generar una reclamación judicial que supere ampliamente los 90.000 euros cuando se suman los gastos médicos, la pérdida de ingresos del perjudicado, el daño moral y los perjuicios económicos futuros. En los casos más graves, las indemnizaciones pueden alcanzar el millón de euros o más.
Por eso, las pólizas más completas incluyen una RC voluntaria complementaria que amplía el límite de cobertura hasta 300.000, 600.000 o incluso 1.200.000 euros, con un coste adicional muy reducido respecto al seguro básico. Esta ampliación es la recomendación habitual de los expertos en seguros de caza y de las federaciones de cazadores.
Coberturas principales de un seguro de caza completo
Responsabilidad civil obligatoria
Cobertura mínima exigida por ley para obtener la licencia de caza. Cubre los daños corporales causados a terceros durante el ejercicio de la caza con armas, incluyendo los causados por los perros del cazador (hasta dos). El límite legal es de 90.151,82 euros por víctima. Debe estar en vigor durante toda la temporada de caza y el documento acreditativo debe llevarse encima durante la actividad.
Responsabilidad civil voluntaria complementaria
Amplía el límite de la RC obligatoria y extiende la cobertura a daños materiales y perjuicios económicos causados a terceros, que no están cubiertos por el seguro mínimo. Los límites disponibles varían según la aseguradora, pudiendo llegar hasta 1.200.000 euros en algunas pólizas. Es la cobertura más recomendable para cualquier cazador que quiera una protección patrimonial real ante las reclamaciones que puede generar un accidente grave.
Accidentes personales del cazador
Cubre las lesiones sufridas por el propio cazador durante el ejercicio de la caza o en los desplazamientos al lugar de caza: indemnización por fallecimiento, por invalidez permanente total o parcial, y en algunas pólizas también los gastos de asistencia médica urgente. El seguro obligatorio no cubre al propio cazador, por lo que esta cobertura es un complemento esencial para cualquier aficionado. En la Región de Murcia es además obligatoria. Las sumas aseguradas varían entre productos, oscilando habitualmente entre 30.000 y 70.000 euros para las coberturas de fallecimiento e invalidez permanente.
Defensa jurídica
Cubre los gastos de asistencia legal cuando el cazador debe defenderse ante reclamaciones judiciales derivadas de un accidente de caza: honorarios del abogado, costas procesales y fianzas penales o civiles que pueda exigir el tribunal. Los procedimientos judiciales por accidentes de caza pueden ser largos y costosos, con apertura de vía penal y civil simultáneas. Tener la defensa jurídica cubierta desde el primer momento es fundamental para afrontar el proceso sin el estrés adicional de los costes legales.
Daños causados por animales abatidos en carretera
Esta es una cobertura específica y muy relevante del seguro de caza que muchos cazadores desconocen. Cubre los daños causados a vehículos y personas cuando un animal abatido durante la cacería —o un animal herido que ha escapado del coto— provoca un accidente de tráfico al irrumpir en la carretera. La responsabilidad civil por este tipo de accidentes puede recaer sobre el cazador, el organizador de la cacería o el titular del coto, según las circunstancias y la normativa de cada comunidad autónoma. Contar con esta cobertura evita que ese tipo de reclamación afecte directamente al patrimonio personal del cazador.
Robo y pérdida del arma
Cubre la sustracción total del arma de caza o su pérdida accidental. Las escopetas y rifles de caza de calidad pueden suponer una inversión considerable —varios cientos o incluso miles de euros—, y su robo durante una jornada de campo o en el vehículo es un riesgo real. Esta cobertura suele estar sujeta a un límite de indemnización específico y requiere que el arma esté perfectamente descrita en la póliza con sus características técnicas y su número de serie. Las averías del arma están habitualmente excluidas.
Cobertura de perros de caza
El seguro obligatorio cubre los daños causados por hasta dos perros del cazador. Las pólizas más completas permiten ampliar esta cobertura para incluir a más perros, cubrir los daños materiales causados por los animales o añadir una cobertura de accidentes y gastos veterinarios para los propios perros de caza. Para cazadores con perros de raza o de alta competición, la cobertura de accidentes o gastos veterinarios de sus animales puede tener un valor económico muy relevante.
¿Qué documentación hay que llevar al campo?
Durante la práctica de la caza, el cazador está obligado a llevar consigo la siguiente documentación:
- DNI o documento de identidad en vigor.
- Licencia de caza de la comunidad autónoma donde se realiza la actividad, en vigor.
- Póliza del seguro de caza o justificante de pago en vigor.
- Permiso de armas correspondiente al tipo de arma que se porta.
- Guía de pertenencia del arma que acredita la propiedad.
- Tarjeta del coto de caza o permiso de caza específico para la finca.
- Documentación acreditativa de cada perro que se lleve.
A diferencia del seguro de automóvil, para el que la legislación ya no exige llevar el documento físico en el vehículo, el seguro de caza sí debe llevarse encima durante la actividad. Un agente de la autoridad puede solicitarlo en cualquier momento durante la jornada de caza.
¿Cómo calcular el precio de un seguro de caza?
El precio del seguro de caza es uno de los más asequibles del mercado asegurador. La prima del seguro obligatorio mínimo suele ser muy reducida, y la ampliación a coberturas más completas —RC voluntaria, accidentes personales, defensa jurídica y robo del arma— incrementa la prima de forma moderada, manteniéndola dentro de importes muy accesibles para cualquier presupuesto. Para obtener el presupuesto más adecuado a tu tipo de caza y tus necesidades, utiliza el comparador de Grupo Seguros Generales.
Factores que influyen en el precio del seguro de caza
- Coberturas elegidas: el seguro mínimo obligatorio es el más económico; ampliar con RC voluntaria, accidentes y defensa jurídica incrementa moderadamente la prima.
- Límite de RC voluntaria: a mayor límite de cobertura complementaria, mayor prima.
- Número de perros declarados: incluir más de dos perros o añadir cobertura veterinaria para los animales incrementa la prima.
- Valor del arma asegurada: la cobertura de robo del arma depende del valor declarado de la misma.
- Ámbito territorial: pólizas con cobertura en toda la Unión Europea o a nivel mundial tienen prima superior a las de cobertura solo en España.
- Comunidad autónoma: algunas CCAA con requisitos adicionales pueden requerir coberturas específicas que influyen en el precio.
¿Qué tener en cuenta antes de contratar un seguro de caza?
- No te quedes en el mínimo obligatorio si cazas con frecuencia. El límite de 90.151,82 euros puede ser insuficiente ante un accidente grave. Ampliar la RC voluntaria hasta 300.000 o más euros tiene un coste adicional muy reducido y proporciona una protección patrimonial real.
- Verifica los requisitos adicionales de tu comunidad autónoma. Algunas CCAA establecen coberturas obligatorias adicionales al seguro estatal mínimo, como los accidentes personales en Murcia. Comprueba la normativa específica de la comunidad donde vas a cazar habitualmente.
- Describe el arma correctamente en la póliza. Para que la cobertura de robo del arma sea válida, el arma debe estar perfectamente descrita en el contrato con sus características técnicas, marca, modelo y número de serie. Un arma no declarada o con datos incorrectos puede quedar sin cobertura.
- Declara todos los perros si tienes más de dos. El seguro obligatorio cubre hasta dos perros. Si tienes más de dos y no los declaras expresamente, los daños que puedan causar los perros adicionales no estarán cubiertos.
- Lleva siempre la documentación al campo. A diferencia del seguro de coche, el justificante del seguro de caza debe llevarse físicamente durante la actividad. Salir a cazar sin él puede suponer una sanción administrativa aunque el seguro esté contratado y vigente.
Comparador de seguros de caza en Grupo Seguros Generales
En Grupo Seguros Generales te ofrecemos un comparador de seguros de caza con el que puedes analizar en minutos las propuestas de las principales aseguradoras del mercado español. Compara coberturas de RC obligatoria y voluntaria, accidentes personales, defensa jurídica, robo de armas y protección de perros de caza, y encuentra la póliza más adecuada para tu tipo de actividad cinegética.
Nuestro servicio es completamente gratuito y sin compromiso. Cuéntanos tu tipo de caza, la comunidad autónoma donde practicas y las coberturas que necesitas, y te presentaremos las mejores opciones del mercado para cazar con total tranquilidad.
Preguntas frecuentes sobre seguros de caza
¿Es obligatorio el seguro de caza en España?
Sí. El Real Decreto 63/1994 establece la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil del cazador para poder obtener la licencia de caza y para practicar la actividad cinegética con armas. Sin este seguro en vigor, no puede expedirse la licencia y salir al campo sin él constituye una infracción administrativa con las sanciones previstas en la normativa de caza de cada comunidad autónoma.
¿Cuál es el límite del seguro obligatorio de caza y es suficiente?
El límite legal del seguro obligatorio es de 90.151,82 euros por víctima para daños corporales. Este importe puede ser insuficiente ante un accidente grave con lesiones permanentes o fallecimiento, donde las indemnizaciones judiciales pueden superar ampliamente ese límite. Por eso se recomienda contratar también una RC voluntaria complementaria que amplíe la cobertura hasta importes más adecuados, generalmente a partir de 300.000 euros.
¿Qué pasa si en una partida de caza no se sabe quién disparó?
El RD 63/1994 establece que cuando los daños son causados por integrantes de una partida de caza y no puede identificarse al autor concreto, responden solidariamente los seguros de todos los miembros de la cuadrilla que estuvieran practicando la caza en ese momento y lugar. Esto significa que todos los cazadores de la partida, a través de sus respectivas aseguradoras, comparten la responsabilidad de indemnizar a la víctima hasta los límites de sus respectivas pólizas.
¿Cubre el seguro de caza los accidentes que sufre el propio cazador?
El seguro obligatorio no cubre los daños sufridos por el propio cazador, solo los causados a terceros. Para que el cazador esté protegido en caso de accidente personal —una caída, una herida accidental— es necesario contratar la cobertura de accidentes personales del cazador como garantía adicional. En la Región de Murcia esta cobertura es obligatoria; en el resto de España es voluntaria pero muy recomendable.
¿El seguro de caza cubre los accidentes de tráfico causados por animales del coto?
Depende de las condiciones de la póliza y de las circunstancias del accidente. Algunos seguros de caza incluyen cobertura para los daños causados por animales abatidos o heridos que irrumpen en la carretera, cuya responsabilidad puede recaer sobre el cazador, el organizador de la cacería o el titular del coto según la normativa autonómica aplicable. Si cazas habitualmente en zonas con tráfico rodado próximo, verifica que tu póliza incluye esta cobertura expresamente.
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